Art. 4 de la Ley del Instituto de Crédito Educativo (EDUCREDITO)
El Instituto tendrá como fines y objetivos principales:
a) Financiar la realización de estudios dentro y fuera del territorio nacional, con base en los programas educativos que garanticen una adecuada formación profesional, técnica o docente, y la utilización racional de los recursos Humanos del país para acelerar su desarrollo económico y social;
b) Promover y fomentar la capacitación técnica y profesional de los hondureños de recursos económicos insuficientes;
c) Contribuir al fortalecimiento de los programas educativos nacionales de diferentes niveles;
d) Cooperar en el estudio de las necesidades de capacitación profesional, técnica y de mano de obra que requiera el país, en coordinación con el sector público y privado;
e) Procurar la máxima utilización del personal formado o perfeccionado a través de EDUCREDITO;
f) Administrar dentro de sus fines, los recursos que pongan a su disposición, personas naturales o jurídicas de carácter público o privado, nacionales o extranjeras. |