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Art. 4 de la Ley del Instituto de Crédito Educativo (EDUCREDITO)
El Instituto tendrá como fines y objetivos principales:

a) Financiar la realización de estudios dentro y fuera del territorio nacional, con base en los programas educativos que garanticen una adecuada formación profesional, técnica o docente, y la utilización racional de los recursos Humanos del país para acelerar su desarrollo económico y social;

b) Promover y fomentar la capacitación técnica y profesional de los hondureños de recursos económicos insuficientes;

c) Contribuir al fortalecimiento de los programas educativos nacionales de diferentes niveles;

d) Cooperar en el estudio de las necesidades de capacitación profesional, técnica y de mano de obra que requiera el país, en coordinación con el sector público y privado;

e) Procurar la máxima utilización del personal formado o perfeccionado a través de EDUCREDITO;

f) Administrar dentro de sus fines, los recursos que pongan a su disposición, personas naturales o jurídicas de carácter público o privado, nacionales o extranjeras.

 

 
©EDUCREDITO 2011
Diseño: Roberto E. Vallejo - vallejo@honduras.com
Joaquin Alvarenga - joaquin.alvarenga@hotmail.com